¿Qué es y dónde se regula el TAMIB?
El 20 de Diciembre de 1.995 se firma, entre sindicatos y empresarios, un ACUERDO INTERPROFESIONAL, por el que nace el TAMIB, siendo publicado dicho acuerdo en el BOCAIB del 6-02-1996.
El TAMIB es un órgano extrajudicial y paritario destinado a dirimir, conciliar y arbitrar las diferentes controversias laborales, individuales, colectivas o plurales, buscando una solución a las mismas de forma ágil, sencilla y eficaz.
El TAMIB está regulado por el II Acuerdo Interprofesional sobre renovación y potenciación del “Tribunal d’Arbitratge i Mediació de les Illes Balears” de 12 de enero de 2005 (BOIB de 3-02-2005). Dicha norma es estable y no está sometida a una duración temporal.
A través del TAMIB se da cuerpo a la voluntad manifiesta de empresarios y trabajadores de llegar a acuerdos para ofrecer soluciones a los conflictos de trabajo, remarcando las indudables ventajas que para ambas partes comporta la mediación, la conciliación y, en determinados casos, el arbitraje.
¿Cómo hacer la papeleta de conciliación ante el TAMIB?
El propio TAMIB facilita un modelo simple a los trabajadores que puede ver aquí.
Nuestro consejo es que llame al mejor abogado laboralista de Mallorca para que se la haga. Debe pensar que la empresa va a recibir la papeleta y es muy importante que ésta esté hecha por un profesional.
Por regla general, siempre que la papeleta la realiza un abogado y éste acude a la cita junto al trabajador, suele haber un porcentaje de éxito en la conciliación mucho más elevado que si la presenta el trabajador y éste va sin representante legal.